Tras seis meses de la aplicación del impuesto al valor agregado (IVA) a servicios digitales importados, usuarios se quejan por cobros “indebidos” de este tributo cuando usan una ‘app’ para transportarse o para adquirir productos.
La medida entró en vigencia el 16 de septiembre pasado con la Ley de Simplificación Tributaria, pero Vinicio Ayala recién se percató este mes del impacto del impuesto en sus finanzas. Este profesional, de 48 años y que labora en Quito, utiliza Uber tres veces a la semana para llegar a su trabajo cuando no puede circular con su auto por las restricciones vehiculares que hay en la ciudad. El promedio de cada carrera es de USD 6 y mensualmente gasta unos USD 140 por este servicio.
De ese valor, USD 16,8 es por el impuesto al servicio digital, pero el impuesto se aplica a la factura total. “No me había dado cuenta que el valor del impuesto me cobran sobre el 100% del costo de carrera, me parece excesivo, debería ser solo por el uso de la aplicación”, comentó molesto.
Sebastián Salcedo, director de la Cámara de Innovación y Tecnología Ecuatoriana (Citec), explica que la Ley fija el cobro del IVA a los servicios digitales y no a bienes u otros servicios donde haya intervención humana y que se obtengan a través de las plataformas.
Sin embargo, dice que el Servicio de Rentas Internas (SRI) hace el cobro sobre el 100% del costo de las carreras. En el artículo 140.1 del Reglamento a la Ley de Simplificación Tributaria se define lo que es un servicio digital. Según la norma, son aquellos prestados o contratados a través de Internet, que estén automatizados.
En ese caso, el IVA se paga sobre el 100% de la factura. En los casos en que la prestación del servicio requiera que intervengan personas, el cobro será sobre la comisión que fija la plataforma o, si no hay esa comisión, sobre el 10% de la factura. Es decir, Ayala debió pagar USD 8,4 por IVA en estos casi cinco meses de vigencia de la medida, pero canceló USD 100.
Ricardo Chávez, quiteño de 32 años, sintió un incremento en el consumo de su tarjeta de crédito a partir de septiembre pasado. Al revisar detalladamente su estado de cuenta observó que había muchos cobros de IVA a servicios digitales.
Se percató que le estaban reteniendo el 12% de IVA por el total de los servicios de transporte cuando hacía algún pedido a través de plataformas digitales. Por ejemplo, en una carrera de USD 5 le cobraron 0,60 centavos por IVA. Él señala que el monto no es mucho, pero cree que es un cobro indebido y que finalmente suma y afecta a la economía familiar. No es el único cobro en exceso.
Chávez compró un reloj digital a través de la plataforma de Apple. El bien costó USD 516 y el IVA por el servicio digital que se reflejó en el estado de cuenta de su tarjeta fue de USD 61,93. El contribuyente aún no ha realizado un reclamo al SRI, ya que no conoce cómo hacerlo. Gabriela Medina, otra usuaria, pagó en febrero más de USD 12 de IVA por carreras. El consumo total de Uber e Indrive sumó USD 100.
La joven utiliza este servicio para trasladar a sus padres de la tercera edad a sus chequeos médicos. Según la estimación de la Citec, lo que realmente le habrían tenido que cobrar por IVA en servicios digitales es USD 1,20. Javier Bustos, experto tributario, señaló que la dificultad en este caso se presenta porque en el cobro del IVA no hay una distinción entre el servicio digital y el servicio de transporte, que grava tarifa cero en el país, de acuerdo a la Ley de Régimen Tributario Interno.
“Lo que la Ley prevé es que el servicio que prestan estas plataformas se graven con el IVA a la comisión o al 10% de lo facturado, ya que no todo lo que se está pagando es un servicio digital”, agregó. Para el SRI no hay error ni pago en exceso ni indebido en estos reclamos y se debe recaudar sobre el 100% del servicio facturado. Añadió que el ente tributario no puede establecer cuándo hay una figura de intermediación humana en el servicio que prestan las plataformas.
Y dijo que esas ‘apps’ no tienen comisión por el servicio digital. En todo caso, la entidad señaló que los contribuyentes que se sientan afectados pueden presentar su reclamo por medio de canales digitales o físicos, según el formato Devolución del IVA por pago en exceso o indebido, disponible en su portal web.
La Citec no se opone al cobro, pero pide al SRI revisar y cumplir el Reglamento. Para el gremio, el canal del reclamo no es viable pues cada usuario puede tener cientos de transacciones. De septiembre del 2020 a enero del 2021, se han recaudado 8,9 millones por IVA a servicios digitales importados. En este tiempo, los usuarios gastaron 85,4 millones en esos consumos.